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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGSM/234
Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
234

Artículo 234 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la sociedad termine su vida legal (por ejemplo, porque los socios así lo decidieron o por alguna causa legal), la empresa no desaparece de inmediato: entra en una etapa de liquidación. Esto significa que deja de hacer sus actividades normales y se enfoca en cobrar lo que le deben, pagar sus deudas y vender lo que tiene. Una vez que todo eso esté listo, se reparte lo que quede entre los socios. Al final, la empresa se extingue por completo.

Texto oficial

Artículo 234.- Disuelta la sociedad, se pondrá en liquidación.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 39) ↗

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