Artículo 271 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si no hay un acuerdo distinto entre los socios, las ganancias de la empresa se reparten según el número de acciones que cada quien tenga. Entre más acciones poseas, más dinero te toca de las utilidades. Esto aplica a menos que todos los accionistas decidan otra cosa por escrito. Así, la repartición es justa conforme a lo que cada quién invirtió.
Texto oficial
Artículo 271.- Salvo pacto en contrario, las utilidades se distribuirán en proporción a las acciones de cada accionista. Artículo adicionado DOF 14-03-2016
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.