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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGSM/38
Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
38

Artículo 38 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en una reunión de socios se elige a un administrador que no es miembro de la sociedad y tú votaste en contra, tienes derecho a salirte de la sociedad. Esto significa que puedes separarte legalmente sin que te puedan obligar a quedarte.

Texto oficial

Artículo 38.- Todo socio tendrá derecho a separarse, cuando en contra de su voto, el nombramiento de algún administrador recayere en persona extraña a la sociedad.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.