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Artículo 38 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si en una reunión de socios se elige a un administrador que no es miembro de la sociedad y tú votaste en contra, tienes derecho a salirte de la sociedad. Esto significa que puedes separarte legalmente sin que te puedan obligar a quedarte.

Texto oficial

Artículo 38.- Todo socio tendrá derecho a separarse, cuando en contra de su voto, el nombramiento de algún administrador recayere en persona extraña a la sociedad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.