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Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
40

Artículo 40 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los dueños de un negocio no nombran a alguien como administrador, entonces todos los socios tienen el mismo derecho para manejar la empresa. Eso significa que cualquier decisión o trámite la pueden hacer todos juntos, como si fueran los jefes. No hay una sola persona encargada, sino que todos participan por igual. Esto aplica solo mientras no se elija a un administrador específico.

Texto oficial

Artículo 40.- Siempre que no se haga designación de administradores, todos los socios concurrirán en la administración.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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