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Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
78

Artículo 78 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La asamblea de socios tiene el poder de revisar y decidir sobre las cuentas del negocio, aprobar o rechazar el balance general y repartir las ganancias entre los socios. También puede nombrar o despedir gerentes, elegir un comité de vigilancia y autorizar cambios en la repartición de las partes de la empresa. Además, puede pedir aportaciones extras a los socios cuando se necesiten, modificar el contrato original de la sociedad, aceptar nuevos socios o la venta de sus partes, aumentar o reducir el capital, y hasta decidir disolver la empresa. Por último, puede demandar a los directivos o socios si causan daños y hacer todo lo que la ley o el contrato le permitan.

Texto oficial

Artículo 78.- Las asambleas tendrán las facultades siguientes: I.- Discutir, aprobar, modificar o reprobar el balance general correspondiente al ejercicio social clausurado y de tomar con estos motivos, las medidas que juzguen oportunas. II.- Proceder al reparto de utilidades. LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-10-2023 13 de 63 III.- Nombrar y remover a los gerentes. IV.- Designar, en su caso, el Consejo de Vigilancia. V.- Resolver sobre la división y amortización de las partes sociales. VI.- Exigir, en su caso, las aportaciones suplementarias y las prestaciones accesorias. VII.- Intentar contra los órganos sociales o contra los socios, las acciones que correspondan para exigirles daños y perjuicios. VIII.- Modificar el contrato social. IX.- Consentir en las cesiones de partes sociales y en la admisión de nuevos socios. X.- Decidir sobre los aumentos y reducciones del capital social. XI.- Decidir sobre la disolución de la sociedad, y XII.- Las demás que les correspondan conforme a la Ley o al contrato social.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 12) ↗

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