Artículo 8 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si falta alguno de los requisitos que pide la ley (los que van de la fracción VIII a la XIII del artículo 6), se van a aplicar las reglas que ya están establecidas en esta misma Ley para resolver el asunto. Además, las partes pueden acordar libremente sus contratos, porque las excepciones que permite la Ley no limitan esa libertad de ponerse de acuerdo.
Texto oficial
Artículo 8o.- En caso de que se omitan los requisitos que señalan las fracciones VIII a XIII, inclusive, del artículo 6º, se aplicarán las disposiciones relativas de esta Ley. Asimismo, las reglas permisivas contenidas en esta Ley no constituirán excepciones a la libertad contractual que prevalece en esta materia. Párrafo adicionado DOF 13-06-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.