Artículo 110 de la LEY General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para resolver el recurso legal que se menciona aquí, se usan las mismas reglas de procedimiento que ya están escritas en esta ley. En especial, se aplican las reglas del "recurso de apelación", que son como las instrucciones para impugnar una decisión. Esto significa que, si quieres pelear un resultado, debes seguir los mismos pasos que se usan en una apelación normal.
Texto oficial
Artículo 110 1. Para la tramitación, sustanciación y resolución del recurso previsto en este Libro, serán aplicables, en lo conducente, las reglas de procedimiento establecidas en esta Ley y en particular las señaladas en el recurso de apelación contenidas en el Título Tercero del Libro Segundo. Artículo adicionado DOF 23-05-2014 LIBRO SEPTIMO Del Juicio Electoral Libro adicionado DOF 15-10-2024 TITULO UNICO De las Reglas Particulares Título adicionado DOF 15-10-2024 CAPITULO UNICO De la Procedencia y Competencia Capítulo adicionado DOF 15-10-2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.