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Artículo 64 de la LEY General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Sala Superior del Tribunal Electoral es la única que puede decidir sobre los recursos de reconsideración, que son como una queja o apelación para revisar una decisión que ya se tomó en materia electoral. En México, "personería" se refiere a la capacidad legal de alguien para representar a otra persona o grupo en un juicio. "Legitimación" significa que tienes el derecho de participar en un asunto legal porque te afecta directamente. En pocas palabras, para meter un recurso de reconsideración, debes tener un interés legítimo en el caso y estar autorizado para representar a alguien si es necesario.

Texto oficial

Artículo 64 1. La Sala Superior del Tribunal Electoral es la única competente para resolver los recursos de reconsideración. CAPITULO V De la legitimación y de la personería

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.