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Artículo 44 de la LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Sistema Nacional de Fiscalización (que es un grupo de instituciones que vigilan cómo se gasta el dinero público) va a facilitar que las diferentes dependencias se compartan información entre sí. Esto lo hacen para que todas puedan hacer mejor su trabajo de revisar y controlar los recursos. La idea es que nadie oculte datos y que todos colaboren, siguiendo lo que marca la ley en su Título Quinto. En pocas palabras, buscan que la vigilancia del gasto público sea más efectiva trabajando en equipo.

Texto oficial

Artículo 44. El Sistema Nacional de Fiscalización propiciará el intercambio de información que coadyuve al desarrollo de sus respectivas funciones, conforme a lo dispuesto en el Título Quinto de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.