Artículo 45 de la LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las personas y organismos que trabajan juntos para combatir la corrupción en México deben hacer tres cosas. Primero, deben ponerse de acuerdo en qué áreas van a revisar y auditar, para que sus planes anuales no se repitan y trabajen en equipo. Segundo, tienen que revisar las leyes que los regulan y proponer mejoras para que la lucha contra la corrupción sea más efectiva. Tercero, deben crear reglas comunes para prevenir, detectar y desanimar la corrupción, además de adoptar las mejores formas de hacer que el gobierno sea transparente y rinda cuentas.
Texto oficial
Artículo 45. Los integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización en el ámbito de sus respectivas facultades y atribuciones: LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-05-2021 18 de 27 I. Identificarán áreas comunes de auditoría y fiscalización para que contribuyan a la definición de sus respectivos programas anuales de trabajo y el cumplimiento de los mismos de manera coordinada; II. Revisarán los ordenamientos legales que regulan su actuación para que, en su caso, realicen propuestas de mejora a los mismos que permitan un mayor impacto en el combate a la corrupción, y III. Elaborarán y adoptarán un marco de referencia que contenga criterios generales para la prevención, detección y disuasión de actos de corrupción e incorporar las mejores prácticas para fomentar la transparencia y rendición de cuentas en la gestión gubernamental.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.