Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 63 de la LEY General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada institución de seguridad pública (como la policía estatal o municipal) tiene que crear sus propias reglas para que los policías puedan desarrollarse en su trabajo. Esas reglas deben incluir, por ejemplo, un reglamento de servicio profesional de carrera, que diga cómo pueden subir de rango, cómo ganar estímulos o condecoraciones, y también cómo pueden ser removidos si no cumplen con lo que se pide para seguir en el puesto. También necesitan un reglamento de disciplina con una lista de faltas y sus castigos. Por último, todas estas instituciones deben llevar un expediente electrónico de cada policía, donde se anoten todos sus datos y lo que pase durante su carrera.

Texto oficial

Artículo 63. Todas las Instituciones de Seguridad Pública deberán emitir la normativa específica para el establecimiento de los procesos de desarrollo, la que deberá incluir, de manera enunciativa, más no limitativa: I. Reglamento del servicio profesional de carrera, que incluya las modalidades de promoción de grado y los procedimientos para la obtención de estímulos y condecoraciones, con excepción de la Guardia Nacional, de conformidad con el artículo 48 de esta Ley, así como las causas y procedimientos de separación del cargo por incumplimiento a los requisitos de permanencia, y II. Reglamento del régimen disciplinario, que incluya el catálogo de faltas disciplinarias, así como de correctivos y sanciones. Asimismo, las Instituciones de Seguridad Pública deberán desarrollar un expediente electrónico en donde se registren todos los datos e incidencias relacionadas con el servicio profesional de carrera de sus integrantes. Capítulo II Servicio Profesional de Carrera

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.