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Artículo 67 de la LEY General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El reclutamiento es cómo las instituciones de policía o seguridad pública buscan personas para trabajar con ellas. Lo hacen publicando convocatorias abiertas para que cualquiera que cumpla los requisitos pueda postularse. Así encuentran candidatos que podrían ser buenos para los puestos que están vacantes. Es como cuando una empresa pone un anuncio de empleo, pero aquí es para ser policía o agente de seguridad.

Texto oficial

Artículo 67. El reclutamiento es el proceso a cargo de las Instituciones de Seguridad Pública, mediante el que, a través de convocatorias públicas, se busca y convoca a personas candidatas potencialmente calificadas para ocupar las plazas vacantes dentro de estas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.