Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 86 de la LEY General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Secretariado Ejecutivo es el que define las reglas para que las instituciones de seguridad pública (como policías, ministerios públicos, peritos y prisiones) puedan obtener una acreditación o certificación. También decide cómo certificar de manera individual a los trabajadores de esas instituciones. Esas reglas aplican a todo el personal de policía, ministerios públicos, peritos y penitenciarías, sin importar si son del gobierno federal, estatal o municipal. La acreditación permite que una institución pueda evaluar a su personal y darles certificados. La certificación, por su parte, muestra qué tanto cumple esa institución con los estándares que marca el Secretariado.

Texto oficial

Artículo 86. El Secretariado Ejecutivo es el encargado de establecer la política nacional en materia de acreditación y certificación para las Instituciones de Seguridad Pública y de los Centros de Comando y Control de los tres órdenes de gobierno y la de certificación individual del personal adscrito a estas. La política nacional será aplicable a las personas servidoras públicas en Instituciones Policiales, ministeriales, periciales y penitenciarias. La citada política deberá incluir los tipos de acreditación y la clasificación de los grados de certificación institucional que podrán obtener las Instituciones de Seguridad Pública, así como los estándares y las evaluaciones necesarias para su otorgamiento. La acreditación institucional habilitará a una Institución de Seguridad Pública a realizar evaluaciones en una determinada materia y a prestar servicios de certificación de personal. La certificación institucional de una Institución de Seguridad Pública reflejará el nivel de cumplimiento de los estándares establecidos por el Secretariado Ejecutivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.