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Artículo 43 de la LEY General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo explica de qué se compone el dinero del Fondo de Turismo. Se forma con: las aportaciones del gobierno federal, estatal, municipal, empresas del gobierno y personas particulares; los préstamos que consiga de México o del extranjero; las ganancias de sus propias operaciones e inversiones; y cualquier otro dinero que reciba por otras causas.

Texto oficial

Artículo 43. El patrimonio del Fondo se integrará con: I. Las aportaciones que efectúen el Gobierno Federal, los gobiernos locales, los municipios, las entidades paraestatales y los particulares; II. Los créditos que obtenga de fuentes nacionales e internacionales; III. Los productos de sus operaciones y de las inversiones de fondos, y LEY GENERAL DE TURISMO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 17 de 46 Fracción reformada DOF 03-05-2023 IV. Se deroga Fracción reformada DOF 25-05-2011. Derogada DOF 03-05-2023 V. Los demás recursos que obtenga por cualquier otro concepto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.