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Ley
LEY General de Turismo
Artículo
64

Artículo 64 de la LEY General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo va a hacer estudios e investigaciones sobre el turismo. También va a tomar acciones para mejorar y reforzar la enseñanza del turismo en universidades y posgrados. Esto es para capacitar al personal que trabaja en dependencias de gobierno, empresas privadas y organizaciones relacionadas con el turismo.

Texto oficial

Artículo 64. La Secretaría realizará estudios e investigaciones en materia turística, y llevará a cabo acciones para mejorar y complementar la enseñanza turística a nivel superior y de postgrado, dirigida al personal de instituciones públicas, privadas y sociales vinculadas y con objeto social relativo al turismo.

Ver texto oficial de la LEY General de Turismo (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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