- Ley
- LEY General de Turismo
- Artículo
- 71
Artículo 71 de la LEY General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien no cumple con lo que dicen las Normas Oficiales Mexicanas, le van a aplicar una sanción. Esas sanciones están establecidas en otra ley, que es la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. En términos simples, si no respetas las reglas técnicas oficiales, te pueden multar o castigar según lo que marca esa otra ley.
Texto oficial
Artículo 71. El incumplimiento a lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas será sancionado conforme a lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.