Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGTAIP/128
Ley
LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo
128

Artículo 128 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que recibes un aviso oficial; el tiempo para hacer algo con ese aviso no cuenta desde el momento exacto en que te lo dan, sino que empieza al día siguiente. O sea, si te notifican un lunes, el plazo para responder arranca hasta el martes. Además, cuando la ley te da un plazo en días, solo cuentan los días hábiles, que son los días que no son sábado, domingo ni día festivo.

Texto oficial

Artículo 128. Los términos de todas las notificaciones previstas en esta Ley, empezarán a correr al día siguiente al que se practiquen. LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-03-2025 47 de 64 Cuando los plazos fijados por esta Ley sean en días, estos se entenderán como hábiles.

Ver texto oficial de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (pág. 46) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 128 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, explicado | Precedente Legal