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Artículo 13 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si no entiendes bien tu solicitud de información, las autoridades deben ayudarte a corregirla sin cambiar lo que pediste. Ellas solo pueden aclarar o completar lo que haga falta para que puedas ejercer tu derecho a saber, pero siempre respetando tu petición original. Esto significa que no pueden inventar ni modificar tu solicitud, solo facilitar que se entienda bien. Es como si en una ventanilla te ayudan a llenar un formato mal escrito, pero sin cambiar lo que realmente quieres preguntar.

Texto oficial

Artículo 13. Las Autoridades garantes, en el ámbito de sus atribuciones, deberán suplir cualquier deficiencia para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información, sin que ello implique variar la solicitud, atendiendo al principio de congruencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.