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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGTAIP/207
Ley
LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo
207

Artículo 207 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades encargadas de proteger tus datos personales (llamadas "autoridades garantes") son las que te van a castigar si haces algo mal de lo que dice el otro artículo 204. Si el asunto no es de su alcance, ellas le pasan el problema a otra autoridad que sí pueda aplicar o ejecutar el castigo. En pocas palabras, no te preocupes por a quién le toca; ellos mismos se encargan de turnarlo al lugar correcto.

Texto oficial

Artículo 207. Las conductas a que se refiere el artículo 204 serán sancionadas por las Autoridades garantes, según corresponda y, en su caso, conforme a su competencia darán vista a la autoridad competente para que imponga o ejecute la sanción.

Ver texto oficial de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.