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Artículo 89 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si quieres presentar una queja por un problema con tus datos personales, hay cuatro pasos sencillos. Primero, entregas tu denuncia ante la autoridad encargada de proteger estos derechos. Segundo, esa autoridad le pide a la institución o empresa que te dio el problema que explique lo que pasó. Tercero, después de revisar todo, toman una decisión final sobre tu caso. Y cuarto, se aseguran de que esa decisión se cumpla tal como se dijo.

Texto oficial

Artículo 89. El procedimiento de la denuncia se integra por las siguientes etapas: I. Presentación de la denuncia ante las Autoridades garantes; II. Solicitud por parte de las Autoridades garantes de un informe al sujeto obligado; III. Resolución de la denuncia, y IV. Ejecución de la resolución de la denuncia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.