- Ley
- LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Artículo
- 137
Artículo 137 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que si varias personas se ofrecen para hacerse responsables de pagar un pagaré o letra de cambio (eso es "intervenir como terceros"), se va a elegir a la que ayude a liberar a más personas que debían pagar. En corto, gana el que quite de problemas al mayor número de deudores.
Texto oficial
Artículo 137.- Si se presentaren varias personas ofreciendo su intervención como terceros, será preferida la que con la suya libere a mayor número de los obligados en la letra.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.