Artículo 174 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 174 dice que muchas de las reglas que aplican a los **cheques** (como los plazos, endosos o protestos) también se usan para los **pagarés**, pero con algunos cambios. Por ejemplo, si alguien firma un pagaré, se le considera como si hubiera aceptado el pago, igual que en un cheque, excepto en dos artículos especiales (168 y 169) donde se le trata como a la persona que emite el cheque. Además, cuando hables de cuentas, el valor del pagaré incluye los intereses ya vencidos, y si quieres descontarlo antes de su fecha, se calcula con la tasa de interés que se acordó o, si no se fijó, con la tasa legal. Si hay retraso en el pago, los intereses moratorios se cobran según lo pactado, o si no, conforme a la tasa del documento o la legal. Todo esto aplica solo a las partes del pagaré que sean relevantes, sin copiar todo lo de los cheques al pie de la letra.
Texto oficial
Artículo 174.- Son aplicables al pagaré, en lo conducente, los artículos 77, párrafo final, 79, 80, 81, 85, 86, 88, 90, 109 al 116, 126 al 132, 139, 140, 142, 143, párrafos segundo, tercero y cuarto, 144, párrafos segundo y tercero, 148, 149, 150, fracciones II y III, 151 al 162, y 164 al 169. Para los efectos del artículo 152, el importe del pagaré comprenderá los réditos caídos; el descuento del pagaré no vencido se calculará al tipo de interés pactado en éste, o en su defecto al tipo legal, y los intereses moratorios se computarán al tipo estipulado para ellos; a falta de esa estipulación, al tipo de rédito fijado en el documento, y en defecto de ambos, al tipo legal. El suscriptor del pagaré se considerará como aceptante para todos los efectos de las disposiciones enumeradas antes, salvo el caso de los artículos 168 y 169, en que se equiparará al girador. Párrafo reformado DOF 31-08-1933 CAPITULO IV Del cheque Sección Primera Del Cheque en General
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.