- Ley
- LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Artículo
- 181
Artículo 181 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te dan un cheque, tienes un tiempo límite para cobrarlo. Si el cheque se emitió y se paga en la misma ciudad, solo tienes 15 días naturales (incluyendo fines de semana) desde la fecha que aparece en el cheque. Si el cheque se emitió en una ciudad de México pero se paga en otra, el plazo se extiende a un mes. En cambio, si el cheque se hizo en el extranjero para pagarse en México, o se hizo en México para pagarse en el extranjero, tienes hasta tres meses para presentarlo. Eso sí, si el cheque se emitió en México para cobrarse en otro país, las leyes de ese país podrían poner un plazo diferente.
Texto oficial
Artículo 181.- Los cheques deberán presentarse para su pago: I.- Dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición; II.- Dentro de un mes, si fueren expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio nacional; III.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos en el extranjero y pagaderos en el territorio nacional; y LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 26-03-2024 30 de 118 IV.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos dentro del territorio nacional para ser pagaderos en el extranjero, siempre que no fijen otro plazo las leyes del lugar de presentación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.