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Ley
LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo
220

Artículo 220 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una asamblea de obligacionistas (dueños de bonos) tome decisiones válidas, se necesita que esté presente al menos el 75% de todos los bonos emitidos. Además, la decisión debe aprobarse con el voto a favor de más de la mitad de los presentes (mitad más uno). Esto aplica en tres casos: cuando se nombre o se quite al representante común de los bonistas, o cuando se acepten cambios al contrato original, como darle más tiempo a la empresa para pagar o modificar las condiciones del bono. Si la primera junta no reúne el mínimo de asistentes y se hace una segunda cita, entonces cualquier cantidad de bonos que lleguen es suficiente para tomar decisiones válidas. Cualquier acuerdo que intente bajar estos porcentajes es ilegal y no vale.

Texto oficial

Artículo 220.- Se requerirá que esté representado en la asamblea el 75%, cuando menos, de las obligaciones en circulación y que las decisiones sean aprobadas por la mitad más uno, por lo menos, de los votos computables en la asamblea: I.- Cuando se trate de designar representante común de los obligacionistas; II.- Cuando se trate de revocar la designación de representante común de los obligacionistas; III.- Cuando se trate de consentir u otorgar prórrogas o esperas a la sociedad emisora o de introducir cualesquiera otras modificaciones en el acta de emisión. LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 26-03-2024 39 de 118 Si la asamblea se reúne en virtud de segunda convocatoria, sus decisiones serán válidas cualquiera que sea el número de obligaciones en ella representadas. Es nulo todo pacto que establezca requisitos de asistencia o de mayoría inferiores a los que señalan este artículo y el anterior.

Ver texto oficial de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito (pág. 38) ↗

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