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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGTOC/284
Ley
LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo
284

Artículo 284 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dejas cosas o mercancías (como granos, materiales o productos en general) en un almacén, ese almacén tiene la obligación de contratar un seguro contra incendios. El seguro debe cubrir el valor que tengan tus bienes en el mercado el día que los entregaste. Esto es para protegerte por si ocurre un incendio.

Texto oficial

Artículo 284.- En el caso de depósito de bienes o mercancías genéricamente designados, los Almacenes están obligados a tomar seguro contra incendio sobre los bienes o mercancías depositados por su valor corriente en el mercado en la fecha de constitución de depósito.

Ver texto oficial de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito (pág. 55) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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