- Ley
- LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Artículo
- 31
Artículo 31 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El endoso de un cheque o pagaré tiene que ser completo y sin condiciones. Si alguien escribe algo como "te lo endoso solo si me pagas antes", esa condición no cuenta, como si no estuviera escrita. Tampoco puedes endosar solo una parte del documento, por ejemplo, la mitad del dinero; si lo haces, ese endoso no sirve para nada. En pocas palabras, el endoso debe ser total y sin peros.
Texto oficial
Artículo 31.- El endoso debe ser puro y simple. Toda condición a la cual se subordine, se tendrá por no escrita. El endoso parcial es nulo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.