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Ley
LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El endoso es una forma de transferir un título, como un cheque o un pagaré, a otra persona. Puedes hacerlo de tres maneras: para darle la propiedad total (que sea dueño), para que cobre por ti (solo lo autorizas a cobrar), o para dejar el título como garantía de un préstamo. En cada caso, la persona que recibe el título tiene derechos diferentes.

Texto oficial

Artículo 33.- Por medio del endoso, se puede trasmitir el título en propiedad, en procuración y en garantía.

Ver texto oficial de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito (pág. 7) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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