Artículo 37 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un pagaré o cheque ya venció (es decir, ya pasó la fecha en que se debía pagar), si lo firmas para pasarlo a otra persona, ya no funciona como un endoso normal. En lugar de eso, se considera como una "cesión ordinaria", que es simplemente cómo se vende o transfiere un derecho de cobro común y corriente. Eso significa que la persona que lo recibe queda con menos protección y derechos de los que tendría si el endoso se hubiera hecho antes del vencimiento.
Texto oficial
Artículo 37.- El endoso posterior al vencimiento del título, surte efectos de cesión ordinaria. LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 26-03-2024 8 de 118
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