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Ley
LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo
373

Artículo 373 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de alguien que es "adquirente de mala fe", o sea, una persona que compra o recibe ciertos bienes de un deudor a sabiendas de que están dados en garantía (por ejemplo, un carro o una maquinaria que están empeñados como garantía de un préstamo). Para que sea de mala fe, esa persona debe saber, por cualquier medio, incluso consultando el Registro Único de Garantías Mobiliarias, que existe esa garantía sobre los bienes y que la venta no es parte del negocio normal del deudor. Si la compra se hace sin el permiso del acreedor, la garantía sigue vigente y el acreedor puede perseguir esos bienes, aunque ya los haya comprado otra persona. Además, el acreedor puede exigirle al deudor que le pague los daños que esa venta le causó.

Texto oficial

Artículo 373. Se entenderá por adquirente de mala fe, para efectos de lo dispuesto en el artículo 356 y 398, a toda persona que adquiera, sin consentimiento del acreedor, bienes muebles del deudor, sabedora por cualquier medio, incluyendo el Registro Único de Garantías Mobiliarias, de: I. La existencia de la garantía sobre dichos bienes; y II. Que la enajenación de dichos bienes se encuentra fuera del curso normal de la actividad preponderante del deudor. LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 26-03-2024 72 de 118 Las enajenaciones realizadas sin contar con el consentimiento a que se refiere este artículo no harán que cesen los efectos de la garantía y el acreedor conservará el derecho de persecución sobre los bienes respectivos con relación a los adquirentes; sin perjuicio de que el acreedor exija al deudor el pago de los daños y perjuicios que dicha enajenación le cause. Artículo adicionado DOF 23-05-2000. Reformado DOF 13-06-2003, 13-06-2014

Ver texto oficial de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito (pág. 71) ↗

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