Artículo 87 de la LEY General de Títulos y Operaciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El "girador" es la persona que firma y emite una letra de cambio, como cuando das un cheque. Este artículo dice que el girador siempre es responsable de que la letra sea aceptada y pagada. Si el girador pone una cláusula donde dice que no se hace responsable, esa cláusula no vale, es como si no existiera. En otras palabras, no puedes quitarte la responsabilidad aunque lo escribas en el documento. La ley te hace responsable sí o sí.
Texto oficial
Artículo 87.- El girador es responsable de la aceptación y del pago de la letra; toda cláusula que lo exima de esta responsabilidad se tendrá por no escrita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.