- Ley
- LEY General de Víctimas
- Artículo
- 140
Artículo 140 de la LEY General de Víctimas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Auditoría Superior de la Federación (que es como el "contador mayor" del gobierno federal) revisará cómo se gastó el dinero de las ayudas, la asistencia y la reparación integral que se les da a las víctimas según esta Ley y su Reglamento. Esto quiere decir que van a fiscalizar, o sea, a checar que los recursos se hayan usado correctamente y no se hayan desviado. La ley fue reformada en mayo de 2013 y luego en noviembre de 2020 para ajustar detalles de cómo se hace esta revisión. En pocas palabras, garantizan que los apoyos lleguen a quien los necesita y se manejen con transparencia.
Texto oficial
Artículo 140. Los Recursos de Ayuda, asistencia y reparación integral que se otorguen al amparo de esta Ley y del Reglamento, serán fiscalizados anualmente por la Auditoría Superior de la Federación. Artículo reformado DOF 03-05-2013, 06-11-2020 LEY GENERAL DE VÍCTIMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 69 de 97
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