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Artículo 89 de la LEY General de Víctimas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión Ejecutiva puede hacer acuerdos o convenios con dependencias del gobierno federal y con organismos similares de los gobiernos de los estados. También puede pactar con instituciones independientes que protegen los derechos humanos, como las comisiones estatales de derechos humanos. Todo esto lo hace para cumplir con los objetivos del Sistema Nacional de Transparencia. En pocas palabras, puede aliarse con otras autoridades para trabajar mejor.

Texto oficial

Artículo 89. La Comisión Ejecutiva podrá celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación con las entidades e instituciones federales así como con las entidades e instituciones homologas de las entidades federativas, incluidos los organismos autónomos de protección de los derechos humanos que sean necesarios para el cumplimiento de los fines del Sistema. Artículo reformado DOF 03-05-2013, 03-01-2017

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.