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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGVS/108
Ley
LEY General de Vida Silvestre
Artículo
108

Artículo 108 de la LEY General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 108 fue eliminado de la ley oficialmente el 7 de junio de 2013, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esto significa que ya no está vigente ni se aplica, como si hubiera sido borrado del libro de leyes. Cuando un artículo se deroga, deja de tener efecto legal y no debes preocuparte por cumplirlo o usarlo para defender tus derechos. En pocas palabras, ese artículo ya no existe para la ley.

Texto oficial

Artículo 108. (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-2013

Ver texto oficial de la LEY General de Vida Silvestre (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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