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Artículo 109 de la LEY General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 109 ya no existe. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley desde el 7 de junio de 2013, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. No hay reglas, obligaciones o derechos que aplicar porque este artículo fue cancelado oficialmente. En el capítulo sobre visitas de inspección, este artículo en particular ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 109. (Se deroga). Artículo derogado DOF 07-06-2013 CAPÍTULO III VISITAS DE INSPECCIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.