Artículo 115 de la LEY General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Secretaría recibe el reporte de una inspección, tiene que dar una respuesta oficial en un plazo de 10 días después de recibirlo, pero solo en estos tres casos: si la persona que cometió la falta acepta su error, si los productos encontrados estaban abandonados, o si el infractor comprueba que ya cumplió con lo que le pedía la ley.
Texto oficial
Artículo 115. La Secretaría, una vez recibida el acta de inspección, dictará resolución administrativa dentro de los diez días siguientes a la fecha de su recepción cuando: I. El presunto infractor reconozca la falta administrativa en la que incurrió. II. Se trate de ejemplares o bienes que se hubieran encontrado abandonados. III. El infractor demuestre que ha cumplido con las obligaciones materia de la infracción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.