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Ley
LEY General de Vida Silvestre
Artículo
119

Artículo 119 de la LEY General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades pueden asegurar (es decir, quedarse con) animales silvestres, plantas o sus partes (como pieles, plumas o semillas) cuando no puedas demostrar de dónde salieron legalmente, o si no tienes el permiso necesario para tenerlos o usarlos. También pueden hacerlo si los metiste al país o los vas a sacar sin seguir las reglas, o si los estás aprovechando de manera ilegal. Si hay un riesgo serio y urgente de que la vida silvestre o su hogar (su hábitat) sufran daños graves, también aplica esta medida. Lo mismo pasa si notas que los papales (documentos) que acreditan la posesión legal están alterados o tienen información falsa, o si no les das un trato digno y respetuoso a los animales, como dice la ley. En pocas palabras, el aseguramiento es como un “alto” que pone el gobierno para proteger la naturaleza y evitar abusos.

Texto oficial

Artículo 119. El aseguramiento precautorio procederá cuando: I. No se demuestre la legal procedencia de los ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre de que se trate. II. No se cuente con la autorización necesaria para realizar actividades relacionadas con la vida silvestre o éstas se realicen en contravención a la autorización otorgada, o en su caso, al plan de manejo aprobado. III. Hayan sido internadas al país pretendan ser exportadas sin cumplir con las disposiciones aplicables. IV. Se trate de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre aprovechados en contravención a las disposiciones de esta Ley y las que de ella se deriven. V. Exista un riesgo inminente de daño o deterioro grave a la vida silvestre o de su hábitat de no llevarse a cabo esta medida. VI. Existan signos evidentes de alteración de documentos o de la información contenida en los documentos mediante los cuales se pretenda demostrar la legal posesión de los ejemplares, productos o subproductos de vida silvestre de que se trate. VII. Existan faltas respecto al trato digno y respetuoso, conforme a lo estipulado en la presente Ley. LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 43 de 79

Ver texto oficial de la LEY General de Vida Silvestre (pág. 42) ↗

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