- Ley
- LEY General de Vida Silvestre
- Artículo
- 119
Artículo 119 de la LEY General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades pueden asegurar (es decir, quedarse con) animales silvestres, plantas o sus partes (como pieles, plumas o semillas) cuando no puedas demostrar de dónde salieron legalmente, o si no tienes el permiso necesario para tenerlos o usarlos. También pueden hacerlo si los metiste al país o los vas a sacar sin seguir las reglas, o si los estás aprovechando de manera ilegal. Si hay un riesgo serio y urgente de que la vida silvestre o su hogar (su hábitat) sufran daños graves, también aplica esta medida. Lo mismo pasa si notas que los papales (documentos) que acreditan la posesión legal están alterados o tienen información falsa, o si no les das un trato digno y respetuoso a los animales, como dice la ley. En pocas palabras, el aseguramiento es como un “alto” que pone el gobierno para proteger la naturaleza y evitar abusos.
Texto oficial
Artículo 119. El aseguramiento precautorio procederá cuando: I. No se demuestre la legal procedencia de los ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre de que se trate. II. No se cuente con la autorización necesaria para realizar actividades relacionadas con la vida silvestre o éstas se realicen en contravención a la autorización otorgada, o en su caso, al plan de manejo aprobado. III. Hayan sido internadas al país pretendan ser exportadas sin cumplir con las disposiciones aplicables. IV. Se trate de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre aprovechados en contravención a las disposiciones de esta Ley y las que de ella se deriven. V. Exista un riesgo inminente de daño o deterioro grave a la vida silvestre o de su hábitat de no llevarse a cabo esta medida. VI. Existan signos evidentes de alteración de documentos o de la información contenida en los documentos mediante los cuales se pretenda demostrar la legal posesión de los ejemplares, productos o subproductos de vida silvestre de que se trate. VII. Existan faltas respecto al trato digno y respetuoso, conforme a lo estipulado en la presente Ley. LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 43 de 79
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