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Artículo 22 de la LEY General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría, junto con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y otras autoridades de distintos niveles de gobierno, va a fomentar que se apoyen proyectos y se den reconocimientos o estímulos. Todo esto para que se generen más conocimientos y herramientas que ayuden a cuidar la vida silvestre y su hábitat, y a usarla de manera que no se acabe.

Texto oficial

Artículo 22. La Secretaría, en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y otras Dependencias o Entidades de los distintos órdenes de gobierno, promoverá el apoyo de proyectos y el otorgamiento de reconocimientos y estímulos, que contribuyan al desarrollo de conocimientos e instrumentos para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.