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Ley
LEY General de Vida Silvestre
Artículo
23

Artículo 23 de la LEY General de Vida Silvestre

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) va a crear y apoyar programas de información para que todas las personas entiendan por qué es importante cuidar a los animales y las plantas, tanto para el medio ambiente como para la economía. También va a enseñar cómo usar los recursos de la naturaleza (como cazar o recolectar) sin acabarlos, para que sigan existiendo en el futuro. Así, la gente podrá valorar más la conservación de la vida silvestre y el lugar donde vive.

Texto oficial

Artículo 23. La Secretaría promoverá y participará en el desarrollo de programas de divulgación para que la sociedad valore la importancia ambiental y socioeconómica de la conservación y conozca las técnicas para el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat. CAPÍTULO III LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 15 de 79 CONOCIMIENTOS, INNOVACIONES Y PRÁCTICAS DE LAS COMUNIDADES RURALES

Ver texto oficial de la LEY General de Vida Silvestre (pág. 14) ↗

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