Artículo 31 de la LEY General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando muevas animales silvestres vivos de un lugar a otro, debes hacerlo de manera que no sufran, se estresen o se lastimen. Tienes que cuidar sus necesidades según el tipo de animal que sea. Esto es para que el viaje sea lo más seguro y tranquilo posible para ellos.
Texto oficial
Artículo 31. Cuando se realice traslado de ejemplares vivos de fauna silvestre, éste se deberá efectuar bajo condiciones que eviten o disminuyan la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor, teniendo en cuenta sus características.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.