- Ley
- LEY General de Vida Silvestre
- Artículo
- 96
Artículo 96 de la LEY General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres mexicano que vive en el extranjero y quieres aprovechar la vida silvestre (como cazar o recolectar), tienes que contratar a un prestador de servicios registrado. Ese prestador será el encargado de cuidar la naturaleza y los animales durante tu actividad. Las personas que tienen “Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre” (como ranchos autorizados) ya cuentan como prestadores de servicios registrados. Si quieres cazar por deporte sin contratar a un prestador, debes traer contigo una licencia de caza que te hayan dado después de cumplir con todos los requisitos actuales. Igual, los prestadores de servicios también necesitan su propia licencia para ofrecer servicios de cacería deportiva, la cual se les entrega si cumplen con lo que pide la ley.
Texto oficial
Artículo 96. Los residentes en el extranjero que deseen realizar este tipo de aprovechamiento de vida silvestre, deberán contratar a un prestador de servicios de aprovechamiento registrado, quien fungirá para estos efectos como responsable para la conservación de la vida silvestre y su hábitat. Para estos efectos, los titulares de las unidades de manejo para la conservación de vida silvestre se considerarán prestadores de servicios registrados. Las personas que realicen caza deportiva sin contratar a un prestador de servicios de aprovechamiento, deberán portar una licencia otorgada previo cumplimiento de las disposiciones vigentes. Los prestadores de servicios de aprovechamiento deberán contar con una licencia para la prestación de servicios relacionados con la caza deportiva, otorgada previo cumplimiento de las disposiciones vigentes. CAPÍTULO IV LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 38 de 79 COLECTA CIENTÍFICA Y CON PROPÓSITOS DE ENSEÑANZA
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.