Artículo 97 de la LEY General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres juntar plantas, animales u otras partes de la naturaleza para investigación o enseñanza, necesitas un permiso de la Secretaría de Medio Ambiente (SEMARNAT). También tienes que pedirle permiso al dueño del terreno donde vas a hacer la colecta, explicándole bien de qué se trata. Este permiso no te deja usar lo que juntes para venderlo o para biotecnología, porque eso tiene otras reglas. Solo te darán la autorización si no pones en peligro a las especies, sus poblaciones o el lugar donde viven. Hay dos tipos de permiso: uno por "línea de investigación" para científicos o instituciones reconocidas que ya han aportado información sobre la biodiversidad del país; y otro por "proyecto" para personas sin ese respaldo o para quienes estudien especies en peligro o hábitats delicados.
Texto oficial
Artículo 97. La colecta de ejemplares, partes y derivados de vida silvestre con fines de investigación científica y con propósitos de enseñanza requiere de autorización de la Secretaría y se llevará a cabo con el consentimiento previo, expreso e informado del propietario o poseedor legítimo del predio en donde ésta se realice. Esta autorización no amparará el aprovechamiento para fines comerciales ni de utilización en biotecnología, que se regirá por las disposiciones especiales que resulten aplicables. La autorización será otorgada sólo cuando no se afecte con ella la viabilidad de las poblaciones, especies, hábitats y ecosistemas. Las autorizaciones para realizar colecta científica se otorgarán, de conformidad con lo establecido en el reglamento, por línea de investigación o por proyecto. Las autorizaciones por línea de investigación se otorgarán para el desarrollo de estas actividades por parte de investigadores y colectores científicos vinculados a las instituciones de investigación y colecciones científicas nacionales, así como a aquellos con trayectoria en la aportación de información para el conocimiento de la biodiversidad nacional, y para su equipo de trabajo. Las autorizaciones por proyecto se otorgarán a las personas que no tengan estas características o a las personas que vayan a realizar colecta científica sobre especies o poblaciones en riesgo, o sobre hábitat crítico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.