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Artículo 21 de la LEY de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien recibe una concesión para usar energía geotérmica (como el calor del subsuelo), esa persona gana el derecho de usarla, sacarle provecho y explotarla en el terreno que le asignaron. Ese derecho solo existe mientras dure la concesión; si la concesión termina, el derecho también se acaba. En otras palabras, no puedes quedarte con el derecho si ya no tienes la concesión.

Texto oficial

Artículo 21.- Las Concesiones otorgan a su persona titular, el derecho de uso, aprovechamiento y explotación de un Área Geotérmica y el Yacimiento Geotérmico localizado en el área objeto de la Concesión. Este derecho de aprovechamiento es inherente a la Concesión geotérmica y se extingue con ésta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.