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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGeo/27
Ley
LEY de Geotermia
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 27 dice que tener un permiso de exploración o una concesión no te da la propiedad del terreno o los recursos, como si fueran tuyos para siempre. Lo único que obtienes es un derecho por tiempo limitado, que sirve solo para lo que dice el permiso o la concesión, como explorar o explotar algo específico. En pocas palabras, no te vuelves dueño de nada, solo tienes permiso para usar ciertas cosas por un rato, según lo que te autorizaron.

Texto oficial

Artículo 27.- Los Permisos de Exploración y las Concesiones no otorgan derechos reales a sus personas titulares, sólo generan un derecho temporal de acuerdo con el objeto de cada instrumento.

Ver texto oficial de la LEY de Geotermia (pág. 12) ↗

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