Artículo 27 de la LEY de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 27 dice que tener un permiso de exploración o una concesión no te da la propiedad del terreno o los recursos, como si fueran tuyos para siempre. Lo único que obtienes es un derecho por tiempo limitado, que sirve solo para lo que dice el permiso o la concesión, como explorar o explotar algo específico. En pocas palabras, no te vuelves dueño de nada, solo tienes permiso para usar ciertas cosas por un rato, según lo que te autorizaron.
Texto oficial
Artículo 27.- Los Permisos de Exploración y las Concesiones no otorgan derechos reales a sus personas titulares, sólo generan un derecho temporal de acuerdo con el objeto de cada instrumento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.