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Artículo 62 de la LEY de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una obra o instalación es un peligro grave para las personas o sus cosas, la Secretaría puede ordenar medidas de seguridad, además de cualquier multa o castigo. Estas medidas incluyen detener la construcción, cerrar total o parcialmente el lugar, asegurar sustancias o materiales peligrosos, o hasta desmantelar instalaciones. El objetivo es proteger a la gente de inmediato, sin esperar a que termine el proceso de sanciones.

Texto oficial

Artículo 62.- Con base en las actividades de verificación y seguimiento que se lleven a cabo, cuando alguna obra o instalación represente un peligro grave para las personas o sus bienes, la Secretaría, sin perjuicio de las sanciones que correspondan, puede ordenar cualquiera de las siguientes medidas de seguridad: I. La suspensión de los trabajos relacionados con la construcción de obras e instalaciones; II. La clausura temporal, total o parcial, de obras e instalaciones; III. El aseguramiento de sustancias, materiales, equipo y accesorios, y IV. En su caso, el desmantelamiento de instalaciones y sistemas destinados a la realización de actividades. TÍTULO CUARTO INFRACCIONES, SANCIONES Y RECURSOS Capítulo Único

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.