- Ley
- LEY de Instituciones de Crédito
- Artículo
- 134 Bis
Artículo 134 Bis de la LEY de Instituciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los artículos 134 Bis, 134 Bis 1, 134 Bis 2, 134 Bis 3 y 134 Bis 4 ya no están vigentes, fueron eliminados de la ley el 10 de enero de 2014. Antes de esa fecha, estos artículos habían sido agregados y modificados en varias ocasiones entre 2001 y 2008, pero desde 2014 ya no tienen ningún efecto legal. En términos simples, estas reglas ya no existen y no debes preocuparte por ellas.
Texto oficial
Artículo 134 Bis.- Se deroga. Artículo adicionado DOF 04-06-2001. Reformado DOF 16-06-2004, 01-02-2008. Derogado DOF 10-01-2014 Artículo 134 Bis 1.- Se deroga Artículo adicionado DOF 04-06-2001. Reformado DOF 16-06-2004, 06-07-2006, 01-02-2008. Derogado DOF 10-01-2014 Artículo 134 Bis 2.- Se deroga Artículo adicionado DOF 16-06-2004. Reformado DOF 06-07-2006. Derogado DOF 10-01-2014 Artículo 134 Bis 3.- Se deroga Artículo adicionado DOF 06-07-2006. Derogado DOF 10-01-2014 Artículo 134 Bis 4.- Se deroga Artículo adicionado DOF 01-02-2008. Derogado DOF 10-01-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.