- Ley
- LEY de Instituciones de Crédito
- Artículo
- 140 Bis
Artículo 140 Bis de la LEY de Instituciones de Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 10 de enero de 2014. Básicamente, lo que dice es que se borra por completo (deroga). Antes estuvo vigente, pero después de esa fecha ya no tienes que preocuparte por él. Ni te estreses buscándole sentido, porque oficialmente ya no existe.
Texto oficial
Artículo 140 Bis.- Se deroga Artículo adicionado DOF 04-06-2001. Reformado DOF 06-07-2006. Derogado DOF 10-01-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.