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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LIC/140%20Bis
Ley
LEY de Instituciones de Crédito
Artículo
140 Bis

Artículo 140 Bis de la LEY de Instituciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 10 de enero de 2014. Básicamente, lo que dice es que se borra por completo (deroga). Antes estuvo vigente, pero después de esa fecha ya no tienes que preocuparte por él. Ni te estreses buscándole sentido, porque oficialmente ya no existe.

Texto oficial

Artículo 140 Bis.- Se deroga Artículo adicionado DOF 04-06-2001. Reformado DOF 06-07-2006. Derogado DOF 10-01-2014

Ver texto oficial de la LEY de Instituciones de Crédito (pág. 158) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.