Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LIC/277
Ley
LEY de Instituciones de Crédito
Artículo
277

Artículo 277 de la LEY de Instituciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 277 dice que las evaluaciones de desempeño a los bancos sirven para asegurarse de que hagan bien su chamba. Básicamente, buscan que los bancos asuman su responsabilidad como parte del sistema bancario de México, sin fallarle a los clientes ni al país. Estas evaluaciones son como un "chequeo" para ver si están cumpliendo con lo que deben hacer. No se trata de castigarlos, sino de que operen como se espera de ellos.

Texto oficial

Artículo 277.- Las evaluaciones de desempeño tendrán como propósito principal promover que las instituciones de banca múltiple cumplan con sus funciones y asuman el papel que les corresponde como partes integrantes del Sistema Bancario Mexicano. Artículo adicionado DOF 10-01-2014

Ver texto oficial de la LEY de Instituciones de Crédito (pág. 219) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 277 de la LEY de Instituciones de Crédito, explicado | Precedente Legal