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Ley
LEY de Instituciones de Crédito
Artículo
45-O

Artículo 45-O de la LEY de Instituciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre los bancos múltiples (como Banamex, BBVA, Santander, etc.) que tienen negocios o son dueños de empresas. En general, estos bancos deben seguir las reglas de este capítulo de la ley. Pero hay dos casos en los que NO se aplican esas reglas: 1. Cuando el banco forma parte de un grupo financiero (como un conjunto de empresas que manejan dinero, seguros, casas de bolsa, etc.), las reglas no aplican para las empresas que ya forman parte de ese grupo. 2. Cuando el banco no está en un grupo financiero, pero tiene empresas hermanas (del mismo dueño o consorcio) que son instituciones financieras reguladas por otras leyes, tampoco aplican las reglas. En pocas palabras, la ley dice que si el banco ya está controlado por otras reglas financieras (por ser parte de un grupo o tener empresas financieras hermanas), se salta este capítulo para no repetir regulaciones.

Texto oficial

Artículo 45-O.- Las instituciones de banca múltiple que mantengan vínculos de negocio o patrimoniales con personas morales que realicen actividades empresariales, se regirán por lo previsto en el presente capítulo y las demás disposiciones contenidas en esta Ley. Sin perjuicio de lo anterior, las disposiciones contenidas en este Capítulo, no serán aplicables a: I. Instituciones de banca múltiple que formen parte de un grupo financiero constituido en términos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, respecto de las sociedades integrantes del grupo financiero y sus subsidiarias, incluyendo a la sociedad controladora, y II. Instituciones de banca múltiple que no sean integrantes de un grupo financiero respecto de aquellas entidades financieras reguladas por las leyes financieras vigentes que pertenezcan al mismo Grupo empresarial o Consorcio al que pertenezca la institución de banca múltiple. Artículo adicionado DOF 01-02-2008

Ver texto oficial de la LEY de Instituciones de Crédito (pág. 54) ↗

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