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Ley
LEY de Infraestructura de la Calidad
Artículo
109

Artículo 109 de la LEY de Infraestructura de la Calidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe del Centro Nacional de Metrología lo escoge directamente el Presidente de la República y su cargo dura seis años, aunque el Presidente lo puede quitar en cualquier momento si así lo decide. Los puestos importantes que están debajo de ese jefe los elige el Consejo Directivo, pero solo cuando el jefe se los pide y siguiendo las reglas del estatuto orgánico. Para esos puestos, toman en cuenta la experiencia, los méritos y los estudios de cada candidato.

Texto oficial

Artículo 109. El Director General del Centro Nacional de Metrología será designado directamente por el Presidente de la República y estará en funciones por un periodo de seis años. No obstante, el Director General podrá ser removido de su encargo por el Presidente de la República, en cualquier caso. Los servidores públicos de las jerarquías inmediatas inferiores al Director General serán designados por el Consejo Directivo a solicitud del Director General, conforme a lo establecido en el estatuto orgánico, tomando como base la experiencia, el mérito y el perfil académico de cada candidato. LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 01-07-2020 45 de 63

Ver texto oficial de la LEY de Infraestructura de la Calidad (pág. 44) ↗

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