Artículo 157 de la LEY de Infraestructura de la Calidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para imponer una multa o sanción, la autoridad se basa en pruebas como actas de inspección, las etiquetas o empaques de los productos, documentos oficiales de acreditación, o cualquier otra evidencia que demuestre que se violó la ley. Las resoluciones deben estar bien explicadas y justificadas, considerando cuatro cosas: si la falta fue intencional o no, qué tan grave fue para el comercio o los consumidores, si afecta el objetivo de una Norma Oficial Mexicana, y la situación económica de quien cometió la infracción para ajustar la multa.
Texto oficial
Artículo 157. Las sanciones serán impuestas con base en las actas levantadas, en los resultados de los actos de Verificación o Vigilancia, en los datos que ostenten los bienes, sus etiquetas, envases o empaques, en la omisión de los que deberían ostentar, en base a los documentos emitidos por las Entidades de Acreditación y Organismos de Evaluación de la Conformidad o con base en cualquier otro LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 01-07-2020 59 de 63 elemento o circunstancia de la que se compruebe una infracción a esta Ley o a las demás disposiciones derivadas de ella. En todo caso, las resoluciones en materia de sanciones deberán ser fundadas y motivadas, tomando en consideración los siguientes criterios: I. El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción; II. La gravedad que la infracción implique en relación con el comercio de bienes, la realización de procesos o la prestación de servicios, así como el perjuicio ocasionado a los consumidores; III. En caso de ser aplicable, el objetivo legítimo de interés público que persigue la Norma Oficial Mexicana y el grado de afectación al mismo, y IV. La condición económica del infractor, de acuerdo con los elementos que hayan sido proporcionados a la autoridad de que se trate.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.